IIBB con comisiones

Buenas, un monotributista es revendedor de cosméticos, la empresa le factura al monotributista y este último le factura al cliente… Su ganancia es la comisión obviamente pero la consulta viene con IIBB ya que se entiende que tributa por la comisión.

Si vende y factura por $10.500.- y su ganancia son $500.-, al confeccionar la DDJJ esos $10.000.- serían no gravados o solo declaramos como base imponible la comisión ($500.-)??

Vos mismo estás declarando con tus dichos que es una compra venta y no una comisión.

Si fuera comision, el monotributista debería facturarle la comisión a la empresa que vende el producto y la empresa venderle directo al consumidor final.

Lo que vos indicás es una compra venta común y corriente, como si fuera un local a la calle.

Ojo porque te van a reclamar el 100% de la base imponible, y lo mismo para la recategorización de monotributo y vas a estar complicado en poco tiempo.

Si realmente fuera como vos decís (que por lo que indicás no lo es) debería existir un contrato que así lo detalle entre el monotributista y la vendedora, pero en este caso no aplica y te lo está demostrando la misma factura que te emite la empresa a vos, para que vos lo revendas y lo refactures con tu comisión arriba.

Sabé que estos casos son muy comunes y todos cometen el mismo error (revendedoras essen, por ejemplo).

Saludos.

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Bueno, pero el caso de “essen” vos firmas una solicitud de ingreso como “Emprendedor Independiente Essen” donde te abren también una cuenta comercial y ahí hacen todo el movimiento de ingresos y egresos, pero el tema es que Essen te factura a vos la venta a un menor precio justamente para que en esa cuenta comercial solo te quede la comisión (el ingreso del pago del cliente menos la FC de venta que que emite essen a vos). Ahí sí aplicaría tributar por la comisión por más que yo sea quien le emita la FC al cliente. Sería como en el caso de las agencias de viajes dónde vos tenés la FC del hotel contra la FC que le haces al cliente (el importe de la contratación del hotel + mi comisión)

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Estimados

Lo que dice mi colega Sequino es 100% correcto. Tengan cuidado con forzar la realidad de los hechos dado que no es lo mismo “quedarse con una comisión” que efectivamente actuar, jurídicamente, como un comisionista. Un comisionista es alguien que, considerando el caso puntual que traen, opera por cuenta y orden de un tercero no siendo titular jurídico de los bienes ni de los riesgos o activos involucrados.

No es lo que sucede con estas empresas de “reventa”. La empresa jurídicamente se desprende del bien con la factura que hace al revendedor y este revendedor está, a su suerte, en la búsqueda y desarrollo de su mercado. Podría incluso tener asistencia de la empresa fabricante para la entrega de los bienes pero eso no modifica el encuadre de “vendedor” del producto sobre el cual se está consultando.

Las consecuencias de un mal encuadre (como el que aquí se ventila) pueden ser onerosas en Ingresos Brutos (reclamo de alícuota sobre base total) – al margen de considerar que si efectivamente fueran comisionistas las alícuotas serían incrementadas – pero en monotributo sería fatal de superar los máximos requeridos por tablas (exclusión).

Antes de iniciar un negocio siempre es necesario analizar el encuadre fiscal que corresponde al mismo (que es diferente de ver lo que “todos” hacen”).

Espero haberte ayudado

Dr. Sergio Carbone

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Totalmente errado tu comentario Nico.

Y vos mismo estás respondiendo el error, indicando justamente lo contrario.

No es una comisión ESSEN.

Es una reventa como cualquier empresaria que compra un producto y luego busca el cliente.

El comisionista interviene positivamente en una operación, sólo cuando se concreta.

vos en ESSEN comprás, y si no vendés, la empresa ya te lo vendió a vos.

En tu criterio, el kiosco de diarios también sería comisionista?

La librería igual?

Saludos.

Gabriel te consulto porque tengo el caso de revendedora de essen, entonces sí le das el alta en monotributo como venta de cosas muebles, declarando el total de la venta que realiza a través de la página web de essen?

Claro.

Es lo que te indicaba en el otro post.

Aunque Monotributo, con el valor de los productos, lo veo difícil.