La RT 48 del FACPCE establece que el revalúo debe ser obligatorio:
si bien la Ley 27.430 establece la opción de aplicar o no el llamado “revalúo contable” esta resolución técnica ha definido la obligación de hacer la remedición, lo que está de acuerdo con una de las alternativas establecidas por la mencionada ley.
El CPCE CABA adhirió a la opción de que el revalúo es optativo.
http://www.consejo.org.ar/noticias18/files/ResCD24_2018.pdf
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