A partir del 1ero de Junio se incorporan importantes modificaciones en el monotributo, acá van algunas de las mas importantes:
- Se excluyen las sociedades de hecho y las sociedades comerciales irregulares, que tuvieran hasta un máximo de tres socios, tienen que pasar al régimen general
- Se incorporan las personas que realizan ejecuciones de obra.
- Se elimina la cantidad mínima de personal: las categorías I, J, K no están obligados a contratar empleados. Las categorías exclusivas de ventas de cosas muebles tampoco están obligadas a contratar personal.
- El precio máximo unitario se eleva hasta los $15,000, antes era $2,500, muy desfasado de la realidad, bien por este cambios
- Se crean nuevas categorías
- Las categorías que antes eran 3 por año, ahora son 2 por año, semestrales. La recategorización es cuando termine cada semestre:
1er semestre: Enero-Junio
2do semestre: Julio-Diciembre - Cuando se permanece en la misma categoría, hay que hacer igual el trámite de confirmar los datos.
- Para el inicio de actividades, se deben anualizar los parámetros (ingreso, consumo de energía, etc) luego de los 6 meses (antes eran 4).
- Se modificaron las categorías tope.
Categorías 2018:
categorias-monotributo-20180101.pdf (64,1 KB)