Buenos dìas.
Mi consulta es sobre IG.¿ El importe recibido por el cobro de una poliza por siniestro tributa ganancias?. No se trata de un bien afectado a la actividad.
¿Se considera un concepto indemnizatorio?
Gracias
Mónica
Si necesitas asesoramiento puedes ponerte en contacto con mi estudio contable. La respuesta depende de cómo ha sido encuadrada tu actividad.
Saludos
Dr. Sergio Carbone
Contador Público (UBA)
Mónica, tal como dice Sergio, todo depende del Bien o actividad que produjo ese siniestro.
Lo conveniente sería hacer el análisis profesional correspondiente, ya que se puede decir “Tributa Ganancias” como también “No tributa Ganancias”.
Todo depende del bien, la actividad del titular de la póliza, la relación del bien con la actividad, etc.
Saludos.